Acreditacion Escuela de Suboficiales de Suboficiales

ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL

La acreditación institucional, proceso realizado por la Comisión Nacional de Acreditación, consiste en la evaluación y verificación del cumplimiento de criterios y estándares de calidad, los que se refieren a recursos, procesos y resultados; así como también, el análisis de mecanismos internos para el aseguramiento de la calidad, considerando tanto su existencia como su aplicación sistemática y resultados, y su concordancia con la misión y propósito de las instituciones de educación superior.


La acreditación institucional es integral y considera la evaluación de la totalidad de las sedes, funciones y niveles de programas formativos de la institución de educación superior, y de aquellas carreras y programas de estudio de pre y postgrado, en sus diversas modalidades, tales como presencial, semipresencial o a distancia, que hayan sido seleccionados por la CNA para dicho efecto. La acreditación es obligatoria para las instituciones de educación superior autónomas, a contar del 1 de enero de 2020, conforme a la ley 21.091 “Sobre Educación Superior”.


Con fecha 19 de octubre de 2022, la Escuela obtuvo la acreditación institucional en las áreas obligatorias de Gestión Institucional y Docencia de Pregrado, en nivel Avanzado por un período de 5 años, hasta octubre de 2027, fundamentada por la Resolución Exenta de Acreditación Institucional N°716 del 06JUN2023, por parte de la CNA.


Las decisiones de acreditación que adopta la CNA son públicas y se encuentran informadas en el sitio web institucional. Para visualizar la decisión de acreditación de la Escuela, hacer click en el siguiente link www.cnachile.cl y seguir los siguientes pasos:
1. En el recuadro “buscador de acreditaciones”, seleccionar “institucional”
2. Seleccionar la institución “Escuela de Suboficiales SG2. Daniel Rebolledo Sepúlveda del Ejército”
3. Hacer click en “buscar”

COMISIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN

CNA: Comisión Nacional de Acreditación

La CNA es un organismo autónomo creado por la Ley 20129 que “Establece un Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior”. Este organismo goza de personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya función es evaluar, acreditar y promover la calidad de las Universidades, Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica autónomos, y de las carreras y programas que ellos ofrecen. La CNA se relaciona con el Presidente de la República a través del Ministerio de Educación.


Composición de la comisión nacional de acreditación

Para conocer la actual composición de la CNA, hacer click en el siguiente link www.cnachile.cl y seguir los siguientes pasos:

1.Hacer click en la pestaña “CNA-CHILE”.
2.Hacer click en “COMISIONADOS”


ETAPAS DEL PROCESO DE ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL

AUTOEVALUACIÓN

Consiste en un proceso participativo mediante el cual la institución de educación superior realiza un examen crítico, analítico y sistemático del cumplimiento de los criterios y estándares definidos por dimensión, teniendo en consideración su misión y su proyecto de desarrollo institucional. El proceso deberá sustentarse en información válida, confiable y verificable, proveniente de diferentes fuentes, tanto internas como externas a la institución, identificando los mecanismos de autorregulación existentes, fortalezas y debilidades

EVALUACIÓN EXTERNA

Consiste en un proceso tendiente a evaluar, respecto a cada una de las dimensiones de evaluación, el grado de cumplimiento de los criterios y estándares, y verificar la validez del informe de autoevaluación desarrollado por la institución, identificando si la institución cuenta - y en qué grado - con las condiciones necesarias para garantizar un proceso de formación de calidad, un avance sistemático hacia el logro de sus propósitos declarados y el cumplimiento de los demás fines de la institución.
En esta etapa se da inicio al proceso de acreditación ante la CNA. La Institución de Educación Superior deberá solicitar formalmente su incorporación al proceso de acreditación, presentado los productos generados durante la etapa de autoevaluación.

PRONUNCIAMIENTO DE ACREDITACIÓN

Consiste en la decisión de acreditación. Para tomar esta decisión, la CNA desarrolla un juicio evaluativo integral, basado en un análisis que considera la institución en su totalidad, a partir de distintas dimensiones de evaluación y fuentes de información que aportan evidencias, tanto del cumplimiento de los criterios y estándares, como del grado de avance sistemático de las instituciones de educación superior en función de sus propósitos y fines.
El juicio evaluativo debe basarse en la evidencia recopilada durante las etapas de autoevaluación y evaluación externa, y el itinerario de gestión de la Institución de Educación Superior.
La acreditación institucional podrá ser de excelencia (6 o 7 años), avanzada (4 o 5 años) o básica (3 años).



PRODUCTOS DEL PROCESO DE ACREDITACIÓN EN CADA ETAPA

ETAPA AUTOEVALUACIÓN


1.- Informe de autoevaluación:

Corresponde a un documento que da cuenta del proceso de autoevaluación y sus resultados, incluyendo una evaluación del cumplimiento de sus propósitos declarados y de los criterios y estándares de calidad, respecto de todos los niveles, modalidades y sedes en que la institución desarrolle funciones académicas e institucionales. Este informe contempla un plan de mejora verificable, que debe vincularse con los procesos de planificación estratégica institucional. Asimismo, deberá identificar las principales áreas en las que la institución ha determinado desarrollar acciones de mejoramiento, y los mecanismos y acciones específicas mediante las cuales la institución solucionará las debilidades detectadas durante la autoevaluación y los plazos en los que se espera alcanzarlos.




2.- Ficha institucional de datos:

Corresponde a un conjunto de datos e indicadores de diversa índole que permiten caracterizar la Institución de Educación Superior y verificar los juicios evaluativos contenidos en el informe de autoevaluación. Se construye sobre la base de una plantilla provista por la CNA que debe ser completada con datos oficiales.
Se espera que la ficha presentada no contenga inconsistencias y que sea un documento autoexplicativo, por lo que es posible incluir en ellas las notas y consideraciones necesarias para un mejor entendimiento de los datos y de la información ahí proporcionada.



3.- Anexos del informe de autoevaluación:

Los anexos constituyen otra fuente de evidencia para evaluar los juicios contenidos en el informe de autoevaluación, los que pueden ser:

  • 1.- Estatutos de la Institución
  • 2.- Plan de Desarrollo o Plan Estratégico
  • 3.- Reglamento General o Reglamento Orgánico
  • 4.- Proyecto Educativo y/o Modelo Educativo
  • 5.- Reglamento Académico o su equivalente
  • 6.- Calendario Académico
  • 7.- Organigrama de la IES
  • 8.- Información del proceso de autoevaluación: Instrumentos aplicados, resumen de información de informantes clave, informe de entrevistas grupales, encuestas, etc.
  • 9.- Documentos sobre estrategias institucionales de monitoreo de la progresión estudiantil y logro del perfil de egreso
  • 10.- Política institucional de equidad de género, diversidad e inclusión
  • 11.- Documentos con la evaluación del Plan de Mejoras
  • 12.- Otros documentos que la institución puede considerar, a partir de los ejemplos publicados en las Orientaciones para el Uso de Criterios y Estándares del Subsistema Técnico Profesional en Procesos de Autoevaluación

En total, incluyendo los documentos anteriores, la institución podrá adjuntar un máximo de 50 anexos.

ETAPA DE EVALUACIÓN EXTERNA

1.- Informe oral de salida

al término de la visita de evaluación externa, el comité de pares evaluadores entrega a la institución una retroalimentación preliminar denominada informe oral de salida, que resume lo observado durante la visita.

2.- Informe de evaluación externa:

30 días hábiles después del fin de la visita, la CNA remite a la institución el informe de evaluación externa elaborado por el comité de pares evaluadores. Este informe contiene el pronunciamiento del comité sobre el cumplimiento de la institución respecto de los criterios y estándares, e involucra un abordaje de las fortalezas y debilidades por dimensión de evaluación, junto a un juicio integral sobre el funcionamiento de la institución. El juicio del comité debe estar fundamentado y respaldado con la evidencia entregada por la Institución de Educación Superior.


3.- Observaciones de la institución:

Una vez recibido el informe de evaluación externa, la IES puede remitir a la CNA una respuesta formal, generando observaciones a este informe para lo cual dispone de 10 días hábiles. Estas observaciones deben referirse a los aspectos factuales contenidos en el informe de evaluación externa de manera concisa, apuntando directamente a los aspectos reportados en dicho informe que motivan las observaciones por parte de la institución. Las observaciones pueden ser acompañadas de documentos que correspondan a evidencias que sustenten los argumentos presentados.



ETAPA DE PRONUNCIAMIENTO DE ACREDITACIÓN

1.- Resolución de acreditación

Después de la decisión de la CNA, en los plazos establecidos en el Reglamento que fija el procedimiento para el desarrollo de los procesos de acreditación institucional, la institución recibirá la resolución de acreditación, la cual contiene los fundamentos del juicio adoptado, el nivel y los años de acreditación otorgados, las principales fortalezas y debilidades identificadas durante el proceso, y un pronunciamiento respecto al plan de mejora. Las decisiones de acreditación que adopte la CNA son públicas y se encuentran informadas en el sitio web institucional.

Observación: el 19 de octubre de 2022, la Escuela recibió la comunicación de decisión de acreditación por parte de la CNA y actualmente se encuentra a la espera de recibir la Resolución de Acreditación.

2.-Recurso de reposición:

En el caso que la IES no comparta la resolución emitida, conforme a las instrucciones dictadas por la CNA al efecto, la institución podrá interponer un recurso de reposición respecto de la decisión de acreditación, basándose en los antecedentes y/o evidencias que hayan sido presentados durante la evaluación externa, de acuerdo con lo estipulado en la Resolución DJ N°301-4, del 14 de diciembre de 2022.



LEYES Y DOCUMENTOS RELATIVOS A LA ACREDITACIÓN

LEY 20.129 Establece un Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior

LEY 21.091 Sobre Educación Superior

LEY 21.186 Modifica Normas del Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior contenidas en la Ley N° 21.091 y en la Ley N° 20.129

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Criterios y Estándares de Calidad para la Acreditación del Subsistema Técnico Profesional

Criterios y Estándares de Calidad para la Acreditación Institucional y de Programas

Orientaciones para el Uso de Criterios y Estándares del Subsistema Técnico Profesional en Procesos de Autoevaluación

Guía Procedimental Acreditación Institucional

Aprueba reglamento que fija el procedimiento para el desarrollo de los procesos de acreditación institucional.

Resolución Exenta de Acreditación Institucional N°716 de la Escuela de Suboficiales

Guía de la Evaluación Externa de la CNA-Chile

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